FUNCIONES
Funciones de la Oficina de Atención al Ciudadano
Las funciones específicas de la Oficina de Atención al Ciudadano, son las siguientes:
- Atender,
orientar, apoyar y asesorar a los ciudadanos que acudan a solicitar
información, requerir documentos, interponer denuncias, quejas,
reclamos, sugerencias y/o peticiones.
- Informar a la ciudadanía
sobre la utilización de los recursos que integran el patrimonio público de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, a través de un informe de fácil manejo y comprensión, que se
publicará semestralmente y se pondrá a disposición de cualquier
persona.
- Colocar a disposición de la ciudadanía, la información
relativa a la estructura organizativa y funciones de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz.
- Recibir, tramitar,
valorar, decidir o resolver, denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o
peticiones y remitirlas a las dependencias de la organización o al ente u
organismo, según el caso, tenga competencia sobre las mismas.
- Llevar un registro automatizado de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones.
- Comunicar
a los ciudadanos la decisión o respuestas de las denuncias, quejas o
reclamos, sugerencias y peticiones formuladas por ellos.
- Llevar
el registro de las comunidades organizadas y de las organizaciones
públicas no estatales a que hace mención el Artículo 135 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública.
- Formar y capacitar a la
comunidad, en los aspectos vinculados con el ejercicio del derecho a la
Participación Ciudadana en el Control de la Gestión Pública mediante
talleres, foros o seminarios, entre otros.
- Y finalmente, atender
a las iniciativas de la comunidad, vinculadas con el ejercicio de la
participación ciudadana en el Control de la Gestión Pública.
Artículo 135 (Ley Orgánica de la Administración Pública): "Sin
perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y en leyes especiales, los órganos y entes de
la Administración Pública promoverán la participación ciudadana en la
gestión pública. A tales fines, las personas podrán, directamente o a
través de las comunidades organizadas o las organizaciones públicas no
estatales legalmente constituidas, presentar propuestas y formular
opiniones sobre la gestión de los órganos y entes de la Administración
Pública. A los efectos de su participación en la consulta sobre
políticas y normas para la regulación del sector respectivo, cada órgano
o ente público llevará un registro de las comunidades organizadas y las
organizaciones públicas no estatales cuyo objeto se refiera al sector y
que soliciten libremente su inscripción".
Objetivos
- Promover la Participación Ciudadana.
- Suministrar y ofrecer de forma oportuna, adecuada y efectiva, la información requerida.
- Apoyar,
orientar, recibir y tramitar denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y
peticiones; y en general, resolver las solicitudes formuladas por los
ciudadanos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario